Fin de la emergencia sanitaria por Covid-19. ¿Qué sigue ahora?

“No existen ya razones epidemiológicas, analizadas científicamente por el Comité, para mantener la Emergencia Sanitaria más allá de esa fecha”– Presidente Duque (21-jun-2022)

En marzo de 2020, con el inicio de la pandemia por COVID-19 se promulgaron una serie de leyes, decretos y resoluciones que propendían por el cuidado de la salud de los trabajadores y el apoyo a los empresarios para proteger sus negocios, sin embargo, con el fin de la emergencia sanitaria el 30 de junio de 2022, varios de los elementos laborales que sufrieron modificaciones vuelven al estado en que estaba antes de marzo de 2020. 

Entre los primeros cambios encontramos que finaliza la situación excepcional y ocasional que permitía el trabajo en casa, recordemos que la Ley 2088 de 2021 regula en nuestro país el trabajo en casa, y ella se indica qué es trabajo en caso, cuando puede desarrollarse y cómo se mantienen las condiciones laborales pactadas inicialmente con el trabajador, lo que implica en términos llanos, que en aquellos casos en los que el empleador no había realizado el cambio a teletrabajo los trabajadores deberán volver a la presencialidad en la oficina. 

Así las cosas, los empleadores que deseen continuar desarrollando sus actividades con sus colaboradores en un lugar diferente de la sede física de la empresa, es necesario que ajusten su modelo de trabajo de presencial a teletrabajo, en cualquiera de sus modalidades, realizando y junto a esto la actualización del Reglamento Interno de Trabajo e informar tanto a la ARL, como al Ministerio de Trabajo. 

Según Diana Zuleta, Socia de DLA Piper Martínez Beltrán, consultada por el portal Asuntos Legales, la jornada laboral también sufrirá cambios: “las jornadas laborales se puede pactar bajo mutuo acuerdo, siempre y cuando vaya de la mano con lo que dice la ley. Lo que no se puede, de ahora en adelante, es ampliar la jornada en un término superior a lo que dice la ley bajo el Decreto 770 de 2022, representando una mayor flexibilidad en el trabajo ordinario, es decir, se podrán seguir pactando las jornadas, no respecto a lo estipulado en el decreto sino de acuerdo al CST”.

Otro de los sectores que tendrá modificaciones es el sector salud, sobre todo en lo que respecta a la forma de prestación de los servicios de atención en salud. Con la aparición del Covid 19, se permitió realizar teleconsultas, sin contar con la habilitación que requería el ministerio. Con la finalización de la emergencia sanitaria, las IPS que no cuenten con esta habilitación podrían requerir generar dicho proceso para continuar prestando el servicio de teleconsulta. También se podrá retomar el desarrollo de aspirometrías y la presencialidad para el desarrollo de los cursos de actualización de Vigilancia y Seguridad Privada. 

Otro aspecto que sufre modificaciones, esta vez con efecto inmediato, se refiere a la las vacaciones, durante el periodo comprendido entre marzo de 2020 y junio de 2022 el empleador podía avisar al trabajador de su periodo de vacaciones con solo un día de antelación, a partir del 1 de julio deberá aplicarse de acuerdo con el Código Sustantivo del Trabajo, que en su artículo 187 indica que “el {empleador} tiene que dar a conocer con quince (15) días de anticipación, la fecha en que le concederá la vacaciones.”

Ahora bien, uno de los aspectos que cambiará también, se refiere a los protocolos de bioseguridad, los protocolos actuales, es decir, los definidos en las Resoluciones 692 de 2022 y 1155 de 2020, dejarían de estar en vigencia, según lo indica el portal SafetYa en su video “Emergencia sanitaria en Colombia LLEGA A SU FIN en 2022”, puesto que las razones que los motivaron terminan, como es el caso específico del fin de la emergencia sanitaria. Sin embargo, aunque las medidas que se han adoptado deben permanecer como parte de los cuidados a desarrollar para prevenir la enfermedad de Covid-19, como son el lavado de manos, contar con jabón, aumento de la frecuencia de limpieza de superficies o uso de tapabocas cuando un colaborador se encuentre con síntomas de enfermedades respiratorias, entre otras medidas. 

En materia laboral, también se surten modificaciones al retiro parcial de las cesantías, durante la emergencia sanitaria se permitía el retiro parcial de éstas con ocasión de la reducción de ingresos por la emergencia, tras la finalización de la declaratoria de emergencia, se retorna a las condiciones previas a marzo de 2020, que son las causales relacionadas con vivienda y educación. De igual manera, los intereses moratorios tendrán afectaciones, “a partir del 1 de agosto, los empleadores que se retrasen en pagos, si no realizan los pagos respecto a las deudas en los tiempos establecidos por la ley, el sistema calculará los intereses moratorios en la tasa máxima”, indica el portal Asuntos Legales. 

Por último, y como parte de los procesos de actualización propios del Sistema de Gestión de SST, es necesario actualizar la matriz legal, puesto que, con el final de la declaratoria de emergencia sanitaria, varias normas surten cambios, y muchas pierden su vigencia, por lo cual es necesario actualizar la matriz legal, de forma que se adapte a la realidad legal del país. En ese mismo sentido, es necesario actualizar la Matriz de Peligros y Riesgos, toda vez que en ella se registran los diferentes riesgos asociados al desarrollo de las actividades propias del trabajo, y con el fin de la declaratoria de emergencia se debe actualizar, especialmente el riesgo Biológico asociado a Covid-19, pues en la actualidad se cuenta con un número importante de controles que generan una disminución en la calificación del riesgo, y muchas de estas medidas deben continuar implementándose como parte del quehacer diario de las organizaciones y con el fin de minimizar lo más posible dicho riesgo, puesto que el Covid-19 se considera ahora una enfermedad endémica. 

Ante el final de la emergencia sanitaria, aun persisten muchas inquietudes, sin embargo, es necesario continuar con las medidas preventivas y estar atentos a cualquier modificación en la regulación frente a este tema y las indicaciones para transitar a una fase sin emergencia sanitaria. 

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